Actualizaciones en facturas electrónicas 2022

Facturación

Como resultado de la Reforma Fiscal 2022 a partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor la versión 4.0 del las facturas electrónicas (CFDI) , existiendo un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de enero al 30 de junio de 2022.

Esta actualización incluye modificaciones en la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que amparan retenciones de pagos, complemento para recepción de pagos y motivos de cancelación de un comprobante fiscal.

Facturación versión 4.0

A partir del 01 de enero de 2022 entró en vigor esta nueva versión, a partir del 01 de junio esta versión será obligatoria para la elaboración de facturas.    

Los cambios más importantes para considerar son:

  • De manera obligatoria se deberá incluir el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor del comprobante.
  • En el CFDI se debe incluir de manera obligatoria el Régimen Fiscal presentado ante el SAT del emisor y receptor.
  • Es obligatorio incluir el código postal del receptor del comprobante (Este deberá coincidir con el que está dado de alta ante el SAT)
  • Es obligatorio incluir el “Uso del CFDI” proporcionado por el cliente, considerando que la opción “Por defianir” ya no estará disponible.
  • Incluirá campos obligatorios para la identificación de operaciones donde exista exportación de mercancías.
  •  Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.

El CFDI que ampara retenciones información de pagos:

  • Actualización de la versión 2.0.
  • Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Permite relacionar otros CFDI.

El Complemento para recepción de pagos:

  • Se actualiza a la versión 2.0.
  • Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.

Cancelación de facturas

En caso de cancelar una factura se deberá considerar:

  • Señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.

Optando por una de las cuatro opciones disponibles:

ClaveDescripción
01Comprobante emitido con errores con relación
02Comprobante emitido con errores sin relación
03No se llevó a cabo la operación
04Operación nominativa relacionada en una factura global
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.

Recomendaciones para realizar facturas:

  1. Contar con sistemas de facturación actualizados.
  2. Actualizar y organizar bases de dato de clientes para poder facturar con la versión 4.0. , es importante actualizar la información  ya que únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal ya que dicha información es obligatoria.
  3. Recopilación de datos necesarios para la actualización de facturación, Los datos mínimos, que deberás conocer de tu cliente para emitir su factura son: RFC, nombre o denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal.
  4. Considera que todos los datos se deben registrar tal y como vienen en la constancia de Situación Fiscal de tu cliente.

Aunque la facturación 4.0 entró en vigor desde el 1o de Enero 2022, será obligatorio a partir del 1o de Julio (antes era el 1o de Mayo).

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En que podemos ayudarte.

Enlaces externos

Normatividad Comisión Nacional Bancaria y de Valores

SAT,2022, Actualización Factura Electrónica

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