¿Qué son los activos virtuales?
Como primer punto, los activos virtuales de acuerdo al Banco de México, hacen referencia a una unidad de información que no tiene ningún activo subyacente a la par. Son unívocamente identificables aun de manera fraccional. Se almacenan electrónicamente y el control de emisión está definido mediante protocolos predeterminados. Además, cuentan con reglas que impiden que las réplicas de la unidad de información o que sus fracciones se encuentren disponibles para ser transmitirse más de una vez en un mismo momento.
Características:
- La posesión se da a través de una llave privada, que permite iniciar transferencias dentro del registro distribuido del artículo.
- El almacenamiento es digital mediante los nodos de la red distribuida del activo.
- El medio de intercambio es digital, a través de un mensaje que se envía a la red del activo por medio de internet.
- Se evita el doble gasto mediante la validación de tenencia a partir de la revisión del registro distribuido que contiene el histórico de las transacciones.
- No existe un respaldo, se basa en la confianza de sus usuarios en la red del activo.
Siendo así, Trade Off le ofrece el servicio de Prevención de Lavado de Dinero (PLD). Módulo de nuestro sistema de software de crédito que permite la gestión del riesgo PLD, revisar, calificar y dar seguimiento a operaciones diarias.
De igual manera, le brinda el servicio FINTECH, cuyo objetivo principal es apoyarle en el proceso de diagnóstico. Así como, evaluar su situación actual y determinar el plan de acción para la conversión a una FINTECH, considerando las actividades de:
- Medios de pago y transferencias
- Soluciones Financieras para empresas
- Finanzas personales y asesoría financiera
- Banca Digital
- Operaciones Cambiarias
- Crowdfunding
- Criptomonedas y blockchain
Lavado de Activos Virtuales
En México este tipo de activos, se consideran como actividad vulnerable por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Esto, debido a la complejidad tecnológica por los que son soportados y al desconocimiento sobre la funcionalidad y problemas que pueden presentar. Puesto que, representan un riesgo y ponen en peligro los recursos invertidos.
En este sentido, es importante recalcar que, de acuerdo con la LFPIORPI en ningún caso, los activos virtuales se entenderán como la moneda de curso legal en territorio nacional, las divisas ni cualquier otro activo denominado en moneda de curso legal o divisas.
Más aún, este tipo de activos en específico representan un riesgo considerable en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Por causa del anonimato que proveen en la realización de transacciones, así como, la facilidad para transferir los activos virtuales a distintos países, la ausencia de controles y las medidas homogéneas a nivel global.
Empresas que, como actividad vulnerable, pueden operar con activos virtuales distintos a una entidad financiera:
- Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC).
- Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (IFP y junto con las IFC también conocidas como Instituciones de Tecnología Financiera o ITF).
- Sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos (MN).
Cuya regulación está dada por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Regulación sobre la operación con activos virtuales
Dicho lo anterior, se considera necesario que México cuente con reglas claras cuyo objetivo sea prevenir el uso de activos virtuales en actividades como el lavado de dinero y el combate al financiamiento. De la misma forma, que se busque la protección de los consumidores.
Primeramente, el Banco Central no busca restringir el uso de tecnologías que pudieran tener un beneficio. Siempre que estas tecnologías sean utilizadas en el contexto de la operación interna de las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) e Instituciones de Crédito (IC). Y esto a su vez, no implique un aumento significativo en los riesgos operativos o financieros de las mismas.
En segundo lugar, la utilización de tecnología como registros distribuidos, cadena de bloques o incluso los propios activos virtuales en sus procesos internos podría llegar a ser factible con previa autorización del Banco de México. Siempre que los riesgos de los activos virtuales no impacten al consumidor final.
Después, se establece un mecanismo de solicitudes de autorización. En esta se solicita a las instituciones interesadas presentar la forma en que atenderán los riesgos asociados a la operación con activos virtuales. En caso de que decidan utilizarlos para su operación interna.
Y, se define como actividad vulnerable la operación de entidades no financieras con activos virtuales. Asimismo, se establece una serie de requisitos como identificación de los clientes de dichas empresas y el llenado de reportes y avisos a la SHCP cuando el monto de la operación sea igual o mayor a 645 UMAs.
Prevención del Lavado de Activos
Con el fin de prevenir que una empresa sea usada en el lavado de activos, se llevan a cabo procesos de “antilavado” AML por sus siglas en inglés (Anti-Money Laundering). Cuya finalidad es verificar la identidad de los clientes (Know Your Customer –KYC) y evaluar los riesgos potenciales para una relación comercial, también conocido como CDD (Customer Due Diligence).
De esta manera, Trade Off le hace hincapié en contactar a nuestro equipo especializado el cual le brindará asesoría en este tema y muchos más. Resaltando así, nuestro módulo de PLD, que le facilitará revisar y dar seguimiento a sus operaciones diarias y sobretodo, generar los reportes correspondientes a la CNBV.
Fuentes Consultadas
Banco de México, 2021. ¿Qué es un activo virtual?
Castañeda, Rosalía, Contaduría Pública, 2021. Activos virtuales como actividad vulnerable
Banco de México, 2021. Acciones regulatorias por parte del Banco de México
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